viernes, 23 de octubre de 2009

¿POR QUÉ ES SOCIAL LA ECONOMÍA DE MERCADO EN EL PERÚ?


Es social la economía de mercado en el Perú, y para empezar a hablar de este tema, es necesario resaltar a aquellos fundamentos que definen la concepción de mercado en la constitución económica.


El Estado tiene un rol subsidiario, el cual es excepcional, ya que el Estado aplica este rol para suplir las necesidades de la colectividad y en aquellos sectores, los cuales no son atendidos por la empresa privada, además regula las reglas de mercado, tomando un papel pasivo, sin intervenir en las operaciones económicas.


Nuestra constitución económica, en su artículo 58, nos dice que la iniciativa privada es libre, incentivando a la persona a que sea emprendedora y pueda realizar cualquier actividad económica que elija y le parezca favorable; en la cual invierta su capital y por parte del Estado se respete su propiedad.


Otro aspecto que es muy importante resaltar, es que el Estado reconoce el pluralismo económico, por lo cual democráticamente se dan variadas formas de propiedad y de empresa, las cuales pueden ser privadas o públicas, nacionales o extranjeras; existiendo igualdad jurídica y un trato paritario para todas estas. De la misma forma el Estado fomenta un clima donde exista la libre competencia, prohibiéndose los monopolios, los cuales constituyen todo lo contrario al libre mercado.


Nuestra Carta Magna, también hace hincapié y resalta un aspecto fundamental, ya que por el cual la nación hace valer sus derechos como participantes de la economía; se trata de la defensa del consumidor, ya que en el mercado no pueden darse excesos, por eso el Estado controla al mercado por medio del INDECOPI (Instituto de defensa del consumidor y de la propiedad intelectual).


En la asamblea constituyente de 1978 - 1979, a iniciativa del partido popular cristiano se admitió el principio de la iniciativa privada libre, que se ejerce en una economía social de mercado.
No podemos hacer una constitución en favor de los pobres sino, hacemos una que sirva de marco a la creación de la riqueza. Se trata de fomentar empleos, dar trabajo, otorgar remuneraciones más altas posibles en una economía de mercado.


El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria, confiando al Estado una misión igualatoria. También reconoce el pluralismo económico, la actividad pública o no pública; las cuales reciben el mismo tratamiento legal.


Del mismo modo facilita y vigila la libre competencia, combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas, la cual no puede establecerse por la ley y por acuerdo de las partes.


Ahora desprendiendo de la inversión nacional y la extranjera, ambas se sujetan a las mismas condiciones. La producción de bienes y servicios y el comercio exterior son libres. Si otro país o países adoptan medidas proteccionistas o discriminatorias que perjudiquen el interés de los peruanos. Entonces, a modo de represalia, el Estado podría adoptar medidas análogas en defensa del interés nacional.

¿Es necesario que la Legislación Peruana defina jurídicamente a la “Empresa”?



Con el lapso del tiempo la empresa ha sido definida de diversas maneras y por diferentes tendencias, al ser esta parte de la sociedad y estar dirigida a satisfacer las necesidades de la misma necesita de una u otra manera ser regulada y legislada , aquí entra a tallar el Derecho , quién debe paso a paso regular a la empresa para su correcto desarrollo , por lo que primero debe darle una definición jurídica pero sin que pierda su esencia económica ya que esta es parte primordial de la misma.



A lo largo del tiempo la legislación peruana ha utilizado el código de 1902, el que a estas alturas y por el constante crecimiento y evolución de la sociedad, la empresa y el derecho, en sí, ha resultado insuficiente.

Una vaga definición jurídica de empresa: “Empresa es la unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios”


Como podemos observar esta definición no satisface los estándares jurídicos del derecho ya que, se rige de manera primordial a lo que es una empresa en sí, dejando de lado el ámbito jurídico.



En base a esto podemos decir que es necesario que la empresa sea definida jurídicamente por la legislación peruana, para que así, no haya conflictos con el derecho y la empresa pueda desarrollarse en el marco social de una manera correcta y jurídicamente apropiada.